miércoles, 1 de noviembre de 2023

 

Globalismo y Naturaleza: Año 1. N° 1

 

RECHAZO X 2…

 

Por Héctor Kol Z.

Para patagoniasinrepresassinsalmoneras.blogspot.com

Octubre de 2023.

 

“Hay algunos que se hinchan con gran esmero

sirviendo a la codicia del extranjero…”

- Llegó volando -

Patricio Manns- Chile

 

En la Propuesta Constitucional Final 2023 se declara la existencia de un ÚNICO “Bien Nacional de Uso Público”: el agua, en cualquiera de sus formas[1] :

 

i) Las aguas, en cualquiera de sus estados y en fuentes naturales u obras estatales de desarrollo del recurso, son bienes nacionales de uso público. En consecuencia, su dominio y uso pertenecen a la Nación toda. Sin perjuicio de aquello, podrán constituirse o reconocerse derechos de aprovechamiento de aguas, los que confieren a su titular el uso y goce de estas, y le permiten disponer, transmitir y transferir tales derechos, en conformidad con la ley.

 Todos los demás Bienes Nacionales, que pertenecen aún a todos los chilenos (“a la Nación toda”) no aparecen citados ni en el Primer Borrador ni en esta Propuesta Final del Consejo Constitucional, que operó durante el año 2023 para generar una nueva Constitución tras el RECHAZO a la propuesta anterior, elaborada en el año 2022 por la Convención Constituyente de Stingo, Elisa Loncón y la Tía Pikachu.

 Así, dos instancias absolutamente disímiles entre sí, como lo fueron la Convención Constituyente de 2022 y este Consejo Constitucional de 2023, ambas ilegítimas por sus origen y fundamento, pero definitivamente distintas en su composición y “performance”, llegaron a una misma conclusión y efecto: despojar a los chilenos (“a la Nación toda”) de lo que hasta la Constitución de la Dictadura les reconocía como una pertenencia, esto es, los peces, el borde costero, las calles y el mar, entre otras.

 Una de las Comisiones del segundo proceso constitucional en curso había aprobado que se podían constituir “Concesiones” dotadas de DERECHOS DE PROPIEDAD sobre los bienes nacionales de uso público, abriendo aún más la puerta para la Privatización de estos y ampliando el proceso de despojo que iniciara la Presidenta Bachelet en 2009 y consagrara en el último día de su Primer Gobierno (10 de marzo de 2010).   

Ése día, con allanamientos de viviendas y acusaciones de incendio terrorista de por medio, quien fuera la primera Delegada Presidencial de la ONU en Chile consolidó un derecho de propiedad de las empresas salmoneras sobre las concesiones acuícolas que operan en el mar, permitiéndoles hipotecarlas en favor de los bancos privados, mayoritariamente extranjeros y acreedores de una Industria Salmonera entonces asolada por la crisis del Virus ISA.

 Los nuevos “derechos de propiedad” sobre los Bienes Nacionales de Uso Público, que se habían decidido en tal Comisión del actual proceso por plebiscitarse aún, no aparecen en esta Propuesta Final… pero tampoco los otros Bienes Nacionales de Uso Público.

 Es decir, tal como reza el argot boxístico, “la hicieron cortita” y esta Comisión Constitucional elude la discusión y el escándalo por el despojo “a la Nación toda” haciendo DESAPARECER los Bienes de esa “Nación toda”… Ahora los tienes… ahora no los tienes… Las batucadas, danzas y "piscinazos" de la Convención 2022 fueron reemplazados por el arte de birlibirloque en este Consejo Constitucional de 2023.

 Con mayor o menor sofisticación y glamour, sin embargo, el resultado para la “Nación toda” es que se le despoja de lo que le pertenece, directamente (como hoy lo hace la Propuesta de 2023 del Consejo Constitucional) o indirectamente, como lo pretendía la Convención Constituyente en el 2022.

 En efecto, la Convención Constituyente de 2022 no contó con una “Comisión Experta” que la asesorara y la corrigiera, sino con un ejército de ONGs nacionales y transnacionales que se dedicaron a instalar sus propios panfletos y discursos ante una audiencia (los “Convencionales”) dotados de los mejores niveles de ignorancia posible para que ése panfleto y ése discurso se convirtiera en parte de la Nueva Constitución “sintiente”.

 La Convención se transformó en una especie de “Liga de la Justicia” (justicia climática, justicia hídrica, justicia ambiental y en reemplazo de la “justicia social”, un artefacto: la justicia socioambiental)  una Liga con sus propios héroes y heroínas, que dividía al país en nuevas Regiones delimitadas POR CUENCAS HIDROGRÁFICAS, que entregaba la administración de los recursos naturales a “Consejos Plurinacionales” en cada uno de estos “Países-Cuencas”, Consejos integrados por los Pueblos Originarios “precedentes” (¿Precedentes respecto de qué?) y donde no estaban representados los “chilenos”, que habían dado origen a “la Nación toda”… y que votarían esta nueva Propuesta Constitucional.

 Así, las dos Regiones del extremo Norte del País, la XV Región de Arica y Parinacota y la I Región de Tarapacá, ahora se dividía en cuatro Regiones, según estas cuencas hidrográficas. La Región de Tarapacá, además, perdía todo su extremo sur, como muestra la Figura 1 siguiente.

 


Aquello fue uno de los resultados del funcionamiento de la Comisión de Medioambiente de la Convención, presidida por los “expertos” y “expertas” del MAT (Movimiento por el Agua y los Territorios) que nos ofreció, en su oportunidad, DIEZ MINUTOS para ir a exponer sobre la Ley Longueira, las destrucciones ambientales causadas por la Acuicultura, la Privatización del Borde Costero, el desastroso resultado de la Ley Lafkenche en las aguas interiores del Mar Austral, y un largo etcétera…. En sólo DIEZ MINUTOS...

La Comisión de Medioambiente del MAT, una organización icónica en la defensa ecológica a nivel de Colectivos y “Colectivas”, de carácter “horizontal”, en lucha constante contra el Cambio Climático generado por el 0,03% de la composición de la atmósfera y con página web, elaboró un primer informe que fue RECHAZADO íntegramente por el Pleno de la Convención en marzo de 2022, obligando a los “eco- constituyentes” a elaborar una segunda propuesta que TAMBIÉN fue rechazada por el Pleno de la Convención un mes después, en abril de 2022, obligando a tal Comisión a presentar, finalmente, una propuesta limitada a 28 puntos para su votación particular en el Pleno…. Todos ellos fueron rechazados[2].

 Los eco-constituyentes, entonces, no lograron “convencer” a la Convención.

 De la Comisión de Medioambiente integrada por expertos del MAT y de MODATIMA, casi nada quedó en la Propuesta Constitucional en su Primer Borrador ni en el borrador final que se plebiscitó y que fue RECHAZADO por los chilenos “no-precedentes” en septiembre de 2022. Ni siquiera quedó el concepto “justicia ambiental” instalado por la ONG FIMA, que de todas formas lo ha usado para todos los proyectos que, basados en ese concepto, le ha vendido a las Gobernaciones Regionales australes…y a la de Valparaíso, que encabeza un miembro fundador de MODATIMA[3].

 En este Primer Borrador de Constitución “sintiente” elaborado por la Convención, que no fue la versión definitiva que posteriormente se rechazó en TODAS las Regiones del país, se instaló una propuesta que fue lo único que se mantuvo en el borrador final plebiscitado.

 En esta propuesta se declaraba la “autonomía”, la pérdida de soberanía nacional, sobre 99 MILLONES DE HECTÁREAS DE MAR CHILENO, es decir, sobre 99  MILLONES DE HECTÁREAS DE UN BIEN NACIONAL DE USO PÚBLICO que pertenece, hasta ahora, a “la Nación toda”.

 Así, la propuesta inicial y sobreviviente en la propuesta constitucional plebiscitada, creaba, en su Literal 194, Artículo 26, la figura de los “Territorios Especiales” y se les declaraban “autónomos”, libres de la soberanía de la “Nación toda”, con estatutos propios (!) iniciándose  este proceso de “autonomía” con dos territorios convertidos, hoy, en Parques Marinos y Áreas Marinas Costero Protegidas de Múltiples Usos (AMCP-MU) que, en conjunto, suman una superficie MAYOR que la superficie de Chile Continental, sin considerar el Territorio Antártico:

 

“ 194.- Artículo 26.- Territorios especiales. Son territorios especiales Rapa Nui y el Archipiélago Juan Fernández, los cuales estarán regidos por sus propios estatutos.

 

Sin perjuicio de lo establecido en esta Constitución, la ley podrá crear territorios especiales en virtud de las particularidades geográficas, climáticas, ambientales, económicas, sociales y culturales de una determinada entidad territorial o parte de esta”.

 En la segunda propuesta, finalmente plebiscitada, esta disposición fue acogida en su totalidad en el Art. 236° de la misma:

 “ Artículo 236. Territorios Especiales.

 

1.- Son territorios especiales Rapa Nui y el Archipiélago Juan Fernández, los que se rigen por sus propios estatutos.

 

2.- En virtud de las particularidades geográficas, climáticas, ambientales, económicas, sociales y culturales de una determinada entidad territorial o parte de esta, la ley podrá crear territorios especiales.

 

3.- En los territorios especiales, la ley podrá establecer regímenes económicos y administrativos diferenciados, así como su duración, teniendo en consideración las características propias de estas entidades.

 En Chile se han decretado cinco Parques Marinos en procesos que no han considerado que el Mar Chileno ES (aún) UN BIEN NACIONAL DE USO PÚBLICO y que, por tanto, no pertenece ni a los habitantes de Juan Fernández ni a los de Rapa Nui, sino a TODOS LOS CHILENOS… y también a los habitantes de estas lejanas tierras insulares y otras.

 Los cuatro mayores Parques Marinos decretados por estos procesos inconsultos y a puertas cerradas, donde ninguna actividad económica es posible y donde no existe la capacidad de fiscalizar lo que dentro de ellos ocurre, aparecen en la siguiente Figura 2.

 



 Como se muestra en la Figura, los cuatro grandes Parques Marinos ya decretados suman más superficie territorial (85 millones de hectáreas) que TODO CHILE CONTINENTAL, sin la Antártida (76 millones de hectáreas).

 Las Figuras 3 y 4, por su parte, muestran la superficie de los “Territorios Especiales” autónomos que decretaba la Convención Constituyente 2022, superficies declaras como Parques Marinos (Juan Fernández y Motu Motiro Hiva)  que suman más de 41 MILLONES DE HECTÁREAS, es decir, más de la mitad de la superficie de todo Chile Continental, sin la Antártida.

 Pero Rapa Nui y Juan Fernández cuentan, además, con Áreas Marinas Costero Protegidas de Múltiples Usos (AMCP-MU) que se denominan “Rapa Nui” y “Juan Fernández”, respectivamente, que en conjunto suman otros 58 MILLONES DE HECTÁREAS que también quedaban contempladas entre los “Territorios Especiales” autónomos. En total, 99 MILLONES DE HECTÁREAS DE MAR CHILENO…ahora “autónomo”, según la Propuesta Constitucional RECHAZADA en 2022.

 




 




 Es decir, por sí y ante sí y en respuesta a los únicos intereses representados en esta Convención Constitucional, los de las transnacionales ambientalistas que controlan ya esos territorios, en Chile se decretaban dos “autonomías” de nada menos que 99 MILLONES DE HECTÁREAS de Mar Chileno, de mar de “la Nación toda”. Como comparación, los Vascos reclaman de España una “autonomía” de sólo 723 mil hectáreas…

 En el Plebiscito de salida de septiembre de 2022, la opción “Apruebo” perdió en todas las Regiones del país… También en la Región de Valparaíso, donde sólo obtuvo victorias en dos comunas: Juan Fernández e Isla de Pascua  (Rapa Nui) más un empate en la Comuna de San Antonio. Como muestra la Figura 5, entonces, la opción APRUEBO sólo ganó en las Comunas con Parques Marinos controlados por transnacionales “ambientalistas” [4].

 El Colonialismo Verde no sólo es un control territorial… Es, también, un control IDEOLÓGICO, una alienación previa a la invasión, como lo demostraremos durante esta Serie.

 



 Con la aplastante derrota de la Convención Constituyente y del actual Gobierno, los intentos de despojar a los chilenos (“la Nación toda”) de sus Bienes Nacionales, de su Patrimonio Natural para entregárselo en bandeja a las transnacionales ambientalistas de los Kennedy, de los Obama y de los Rockefeller, no culminaron, sin embargo.

 SHOW MUST GO ON

 Show must go on, cantaba Freddy Mercury en las postrimerías de su vida y en Chile se repitió el caso.

 No fue suficiente de que en todo Chile el paquete Globalista elaborado por las ONGs “asesoras” (¿o conductoras?) de la Convención Constituyente fuera derrotado hasta por 40 puntos en algunas Regiones, como las regiones australes, donde el 70% de sus votantes pasó a ser ignorante, facho pobre, dentista o “Republicano” de un momento para otro, según los lúcidos y sobrios analistas políticos de Plaza Ñuñoa.

 El show debía continuar y se instaló una segunda instancia “constituyente” que nadie pidió, que nadie autorizó, salvo “los sospechosos de siempre”. Sus Consejeros integrantes fueron votados y los electos  mayoritariamente fueron de la Derecha Política y en particular, del Partido Republicano, el más conservador, el que concentraba el apoyo de los “patriotas” y de los más Pinochetistas, el que había declarado, una y otra vez, que no consideraba necesario una nueva Constitución, dejando entrever que dada su presencia mayoritaria en el nuevo Consejo Constitucional, el segundo intento por darle al Presidente Boric la oportunidad de tener su propia Constitución, era una iniciativa que nacía muerta.

 Nada más lejano de la realidad.

 Desde hace un par de días está disponible la Propuesta Final de Nueva Constitución “Republicana”, donde no sólo se profundizó el despojo al ELIMINAR los Bienes Nacionales de Uso Público y dejar sólo el agua, sino que se reafirma la “autonomía” de 99 millones de hectáreas de Mar Chileno.

 Lo mismito del año pasado…

 En efecto, aquello que hemos descrito y que debe haber sido una de las materias más despreciables y execrables de la Convención Constituyente de Rojas Vade y Diego Ancalao, SE MANTIENE CASI INTACTA EN LA PROPUESTA “REPUBLICANA”.

Entonces, ¿quién dirige, digita y documenta estos “procesos constituyentes”?

Así, en la página 100 de la propuesta final de Nueva Constitución 2023, aprobada mayoritariamente por la Derecha y rechazada por toda la Concertación oficialista en el último Pleno del Consejo Constitucional, se señala en su CAPÍTULO VIII: “GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN REGIONAL Y LOCAL”, lo siguiente:

Artículo 126

1. El territorio de la República se organiza en regiones, provincias, comunas y

territorios especiales.


Y en su página 108, bajo el epígrafe Territorios especiales y estratégicos para el desarrollo del país”, señala en su Artículo 141:

 

Artículo 141

1. Son territorios especiales los correspondientes a Rapa Nui y el Archipiélago

Juan Fernández. El gobierno y administración de estos territorios se regirá por los

estatutos especiales que establezcan las leyes institucionales respectivas.

 

2. Los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde cualquier lugar de

la República, garantizados en esta Constitución, se ejercerán en dichos territorios

especiales en la forma que determinen las leyes que regulen su ejercicio.

 

Es decir, esos “Territorios Especiales”, que hasta hoy a Ud. le pertenecen y donde tiene garantizado su derecho al libre desplazamiento, sólo podrá visitarlos o vivir y trabajar en ellos, si cumple con las leyes especiales (aún no creadas) que “regulen su ejercicio”. Ni a Colonia Dignidad se le ofrecieron tales garantías constitucionales.

 La Corporación Nacional Forestal (CONAF) una entidad privada a cargo de las áreas silvestres protegidas del Estado, ya presentó, hace un año, un “pasaporte” para los visitantes de los Parques Nacionales en la Patagonia Chilena. Quizás si un ensayo de lo que viene [5].

 Y más aún… en la página 110 de la Propuesta Final, en su Artículo 145 y bajo el epígrafe “Descentralización Fiscal”, se señala en su número 2 letra (a):

 

2. Existirán mecanismos, instrumentos y fondos que aseguren la compensación

económica interterritorial en las transferencias fiscales a gobiernos regionales y

locales. La ley contemplará, entre otros, los siguientes mecanismos:

 

a) De financiamiento basal para entidades regionales, municipales y territorios

especiales. Para ello deberá considerarse la existencia de territorios

estratégicos para el desarrollo del país.

 

(Propuesta Final Nueva Constitución 2023. Disponible en https://www.procesoconstitucional.cl/wp-content/uploads/2023/10/PROPUESTA-DE-NUEVA-CONSTITUCION-POLITICA-DE-LA-REPUB-LICA.pdf)

 Así, “la Nación toda” no sólo sufre un despojo, sino QUE LO FINANCIA, tal como los Parques Nacionales de Obama en la Patagonia, como se describirá durante esta serie.

 The Chilean Elysium

 En síntesis, dos instancias ilegítimas, creadas en sendas “cocinas” políticas, la primera apoyada por sólo el 37% del Universo Electoral para su instalación (o el 80% de los que votaron… y votó algo más del 50% de ese universo) y la segunda ni siquiera con eso, porque NO HUBO PLEBISCITO DE ENTRADA, que además fueron integradas por “re-fundacionales” la primera y por “conservadores” la segunda, han llegado a un mismo destino, a la misma puerta de entrada del país donde se construirá el Elysium de Jodi Foster y Matt Damon, pero en versión sudaca.

 Y en ese Chilean Elysium, los prístinos fundos de la Patagonia tendrán sus propias prístinas piscinas de agua salada, con olas naturales para el surf más austral del mundo, sin salmoneras ni miticulturas ni pesca artesanal, porque todo eso lo estamos limpiando, retirando, empobreciendo o reconvirtiendo… Ni siquiera habrá personas, porque las personas son plaga… y dejan huella de carbono [6].

 En las piscinas de ese mar que tranquilo aún nos baña, tendremos ballenas y delfines para hacer avistamientos en kayak, evitando lanchas a motores que aportan al cambio climático. Tendremos humedales que la Universidad Austral tasará económicamente, para que quien quiera arribar al Chilean Elysium, pague por los “servicios eco-sistémicos” que recibirá… [7].

 Obviamente, ni usted ni yo podremos visitar alguna vez esas maravillas, pero para eso, como nos lo ha enseñado Guido Girardi, tendremos siempre a mano y a bajo costo (y construidos con materiales reciclables) los lentes necesarios para que el meta-verso nos lleve, a punta de inyecciones magnéticas en nuestro cerebro, a visitar con la imaginación aquello que alguna vez nos pertenecía.

 Y así la Tierra será, por fin, el Paraíso de toda la Humanidad… de aquella que no es “plaga”, de aquella que puede pagar la entrada, de aquella que no está encerrada por “cuarentenas climáticas” y que ha asistido a las 26 COP para organizar las 26 COP siguientes, DE AQUELLA QUE ESTÁ DETRÁS DE ESTOS "PROCESOS CONSTITUYENTES"… y que yo RECHAZO X 2.

 

 

Héctor Kol Z.

Por un Desarrollo Soberano.

Patagonia Chilena

Octubre de 2023.



[1] CAPÍTULO II: DERECHOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES, GARANTÍAS Y DEBERES CONSTITUCIONALES,  Art. 35° letra (i)

[2] https://www.pauta.cl/actualidad/2022/04/21/pleno-convencion-constitucional-nuevamente-rechaza-informe-medio-ambiente.html

[3] https://cooperativa.cl/noticias/pais/region-de-valparaiso/udi-se-querellara-contra-el-gore-valparaiso-por-convenios-presuntamente/2023-08-08/225707.html

[4] https://www.emol.com/noticias/Nacional/2022/09/04/1071926/mapa-resultados-plebiscito-salida-comunas.html

 

[5] https://www.sernatur.cl/conoce-el-nuevo-pasaporte-que-te-permitira-explorar-la-ruta-de-los-parques-de-la-patagonia/

[6] “Los Humanos son una plaga sobre la Tierra”. https://elpais.com/sociedad/2013/01/23/actualidad/1358942572_869278.html

[7] https://www.latercera.com/pulso/noticia/estudio-de-la-universidad-austral-valorizo-parques-nacionales-de-aysen-cerca-de-us5-mil-millones-anuales-valen-sus-ecosistemas/654AYSSMWJGQDOWBFQ43NH5GIE/